Desde 2015 se construyó la plataforma ReDHumus.org buscando dar visibilidad a esta propuesta, inicialmente y público a una apuesta transformadora, con muchas expectativas de constituirse en una organización social. En ese momento se tenían algunas pistas pero muchos vacíos que aún siguen sin llenar completamente pero que la relación con otros y otras, la búsqueda a veces flucutante de fuentes de inspiración y sobre todo las experiencias del trabajo compartido fuera del mundo “laboral”, nos han dejado una cosa clara: Hay que intentarlo una y mil veces más, para reclamar nuestra cualidad poiética, es decir, creadora. (http://redhumus.org/redhumus/default/betawiki/somos#)
Por eso hacemos esta invitación a conformarnos como una organización de economía solidaria, que se vaya construyendo poco a poco y paso a paso nos lleve a formas distintas y virulentas de transformar muchos sistemas de imposición frente a los cuales podemos hacer otras escrituras, otras ritualidades, otros pasajes y caminos, otras “formas de hacer”, otros “saber hacer”, no con el DIY “hágalo usted mismo” sino “hagámoslo nosotros mismos” DOS (gracias Leo por esa referencia).
En este camino también se ha unido el Colectivo Network Bogotá (Ver http://networkbogota.org), estableciendo una alianza a través de la cual se busca constituir una organización social que “fusione horizontes” entre sus distintos integrantes. Estamos convocando a amigas y amigos, colegas, investigadores e investigadoras, educadores y comunicadores populares, entre otros que quieran aprender en este proceso y tengan un sentido de compromiso frente a la decisión que implica constituir este proceso colectivo, el cual sabemos se construye como una multiplicación de voluntades y construcción de confianzas.
Es un proyecto político en sí mismo, porque busca constituir formas diferentes a las impuestas por el sistema económico capitalista, que hace oposición a las estrategias desterritorializantes de la economía de mercado, resaltando el poder que yace en los vínculos de los pequeños grupos, en las comunidades nucleares, que a su vez, busca aplicar los aprendizajes de ejercicios fallidos tratados en el pasado y que necesitará del esfuerzo de sus integrantes en investigación, creación y praxis.
En este documento compartido estarán las visiones conjuntas que nos permitan encontrar una vía para los siguientes objetivos inmediatos:
Encontrar una visión común, principios, ética común en medio de nuestra diversidad.
Construir un documento base para los estatutos de la organización.
Preparar un saber hacer, como encuentros presenciales y virtuales, mecanismos de comunicación, sistematización y toma de decisión que nos permitan llegar a la asamblea de fundadores y de ahí en adelante dar vida y forma a la organización.
¿Algún objetivo más o propuestas de modificación de lo ya escrito? (Haz un comentario sobre el texto que se propone cambiar o escribe directamente la propuesta nueva.
Otros enlaces:
Información recuperada de archive.org incluida en la versión antígua de la web de ReDHumus.org (Nov. 2018)
https://docutopia.tupale.co/ReDHumus:org:somos?both
Manifiesto comunero
https://lasindias.blog/epubs/Manifiesto Comunero.pdf
Cooperativismo
https://archive.org/details/dialogosCINEP/RRI6Cooperativismo.m4a
https://mega.nz/#!Q5NxmChY!_VBbnAi4EriS4Etbswr2ce_dCOZYqv4TH8J2XKqZHjQ
https://sporoscoop.wordpress.com/cultiva-con-nosotros-se-dueno-gestor-y-usuario/
https://www.youtube.com/watch?v=4YWVrYoEdeU&feature=youtu.be
https://www.youtube.com/watch?v=5VgcsHrjODU&feature=youtu.be
https://www.youtube.com/embed/SMEBcd1oV1c
Ha sido parte de la discusión la indagación sobre cuál es el tipo de personería jurídica más adecuada. Esto depende en gran medida de lo que se quiere hacer y por qué se quiere hacer de manera colectiva. El estado actual de la discusión nos permite ver que hay un interés productivo, es decir, que se puedan generar ingresos. Pero no sólo se quiere iniciar un “negocio” nuevo, también se tiene el interés de ejecutar proyectos sociales, producir y gestionar recursos de fuentes públicas y privadas con el objeto de transformación social, con un compromiso con los sectores populares de la sociedad (Ese es el propósito de todos los integrantes? es un tema abierto a discusión no algo predefinido).
Hemos visto algunos tipos de figuras que se dividen entre las Entidades con ánimo y las sin ánimo de lucro. Esta búsqueda ha resultado de consultas ante la Agencia Nacional de Economía Solidaria (entidad pública), DANSOCIAL (ONG) y nos faltan otras gestiones presenciales ante estas y otras entidades como la Cooperativa que ayuda a constituir otras Cooperativas (Ubicar nombre).
Algunas discusiones han girado entorno a la necesidad de generar recursos de forma independiente, para precisamente no depender de una vinculación laboral, tan fluctuante, desprotegida y poco justa en términos generales. Tener fuentes alternativas o al menos complementarias a las laborales. Para quienes ya son independientes de forma individual, hay una necesidad de contar con una empresa, pues como persona natural algunas actividades o compromiso ya quedan fuera de órbita dadas las responsabilidades de requieren ciertos tipos de contratos a nivel empresarial.
Aquí resulta pertinente la reflexión acerca de una situación práctica muy difícil de abordar. A pesar de estar en proceso o haber finalizado estudios superiores y de posgrado, la dinámica actual del mercado laboral y la experiencia de buscar trabajo es alienante. Por otro lado, en un sentido humano amplio también lo es en la mayoría de los casos el ejercer una labor por la regla de los años 2000, la hipócrita prestación de servicios, mediante la cual recibes un salario integral por poner a disposición de forma “integral” toda tu fuerza de trabajo, tus energías y tu tiempo. Así, aunque tengas la suerte de ejercer tu profesión en muchas ocasiones debes realizar labores que se hacen mecánicas o responden a intereses institucionales que no siempre van de la mano con tu vocación. Por otro lado, en cuanto al tiempo, las iniciativas de tipo colectivo como las que nos proponemos se hacen difíciles de concretar porque unos no tienen el tiempo cuando están laborando y otros pasan su tiempo de desempleo buscando trabajo.
En medio de esta situación aparece el concepto de “Economía de costo cero” como una alternativa inicial a la hora de proponer transformaciones a nivel no sólo personal sino familiar. Por ello, algunos de nosotros estamos pujando por la constitución de una organización de economía solidaria, es decir que no sea un club de profesionales sino un mecanismo de transformación social a través de la vinculación de hogares y familias extensas completas, aprovechando la fuerza de una auténtica red. La personería jurídica debe ser coherente con estos propósitos conjuntos.
Algunos dirían que sencillamente debe constituirse por aparte las figuras que respondan a los fines distintos. Nosotros insistimos en la pregunta: Por qué dispersas las energías, dinero y demás en diferentes “empresas” si podemos encontrar una única figura que nos sirva para distintas cosas.
También ha entrado en discusión que desde décadas pasadas y aún hoy hemos asistido a la emergencia o el boom de las ONGs, como diría la célebre escritora India Arundathi Roy, la ONGización de la resistencia (http://partage-le.com/2016/04/la-ong-izacion-de-la-resistencia-por-arundathi-roy/). Por tanto hemos planteado que no queremos constituir una organización hipócritamente negociante. Tenemos la intuición que podemos constituir una organización sin ánimo de lucro para constituirnos como cuerpo social solidario, pero sin decirnos ni mentir al público sobre nuestro propósito de querer un buen vivir a partir de lo que se hace constituyendo la organización. Tampoco queremos en aras de ser coherentes, construir algo que sea una especie de activismo de pasatiempo o foco de actividad para los que se encuentren temporalmente parados o desempleados. Queremos transitar en compañía hacia un nuevo estilo de vida.
Únete a esta discusión sobre las opciones, agrega tus reflexiones y aportes a continuación
Las cooperativas se rigen por la ley 79 de 1988, y la ley 454 de 1998.
Es cooperativa la empresa asociativa sin ánimo de lucro, en la cual los trabajadores o los usuarios, según el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa, creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general. Se presume que una empresa asociativa no tiene ánimo de lucro, cuando cumple los siguientes requisitos:
Que establezca la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.
Que destinen sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real
Aunque fueron mencionadas en un capítulo anterior, aquí hacemos un recuento más detallado de su naturaleza.
Las que se organizan para atender una necesidad específica, correspondiente a una sola rama de actividad económica, social o cultural. Tipos de Cooperativas Especializadas: Estas cooperativas podrán ofrecer servicios diferentes a los establecidos en su objeto social (financieras, ahorro y crédito, aporte y crédito, transporte, vigilancia, agropecuarias, y pesqueras), mediante la suscripción de convenios con otras entidades cooperativas.
Las que se organizan para atender varias necesidades, mediante concurrencia de servicios en una sola entidad jurídica. Los servicios deberán ser organizados en secciones independientes, de acuerdo con las características de cada tipo especializado de cooperativa.
Aquellas que en desarrollo de su objeto social, realicen dos o más actividades conexas y complementarias entre sí, de producción, distribución, consumo y prestación de servicios.
Empresas asociativas sin ánimo de lucro que asocian personas naturales que simultáneamente son gestoras, contribuyen económicamente a la cooperativa y son aportantes directos de su capacidad de trabajo para el desarrollo de actividades económicas, profesionales o intelectuales.
Empresas asociativas sin ánimo de lucro de duración limitada, impulsadas por entidades promotora (persona jurídica, pública o privada) con el ánimo de propiciar la asociación de personas y de apoyar el proceso evolutivo de estas hacia entidades cooperativas.
Este paso a paso ha sido construido y adaptado a las necesidades de esta organización tomando información brindada en varias fuentes ([@varios_autores_como_2018],[@congreso_de_la_republica_de_colombia_decreto_2016]).
Requisitos
Con base en el listado de entidades acreditadas y avaladas para certificar la formación en economía solidaria[2] se ha hecho la solicitud de información a las siguientes entidades:
Curso básico de economía solidaria (20 personas como mínimo conforman la cooperativa. Deben presentar acreditación.
Debemos confirmar si es gratuito o encontrar una organización que lo brinde de forma gratuita. Esta organización debe estar en el listado oficial de la Agencia Nacional de Organizaciones Solidarias:
Procedimiento
Para obtener el registro de Empresa sin ánimo de Lucro, ESAL y registrar la Corporación ante la Cámara de Comercio, es necesario tener los siguientes documentos:
Pueden asociarse, tanto personas jurídicas de derecho privado y del sector cooperativo, sin ánimo de lucro; como personas naturales mayores de 15 años.
Control de Legalidad
El control de legalidad se tramita para las cooperativas de ahorro y crédito, multiactivas e integrales ante la superintendencia de la economía solidaria, Supersolidaria y las demás de acuerdo a su especialidad por actividad económica con la superintendencia respectiva y con los siguientes documentos:
Todos estos documentos se escanean en un formato de archivo TIFF, se almacenan en un CD, adicionando el formato de trámites debidamente diligenciado y se entregan en las oficinas de la superintendencia respectiva. La dirección de la cooperativa está a cargo de la asamblea como máxima autoridad y del consejo de administración; el control social, lo ejecuta la junta de vigilancia y el control financiero lo hace el revisor fiscal.
En la DIAN el representante legal debe solicitar el registro único tributario RUT, al igual que la autorización de facturación. Para este trámite se debe llevar el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
Es importante tener en cuenta que los asociados deben ser personas con VALORES SOLIDARIOS como: Honestidad, responsabilidad, solidaridad, transparencia, ayuda mutua, igualdad, equidad, democracia y responsabilidad social.
Fondo de Empleados
El fondo de empleados, es una entidad perteneciente al sector de la economía solidaria, de derecho común, sin ánimo de lucro, constituida por personas libres, trabajadores dependientes y subordinados de la misma empresa, que ofrecen servicios de crédito a costos mínimos.
Los fondos de empleados se rigen por la ley 79 de 1988, la ley 454 de 1998, el Decreto reglamentario 1482 de 1989, la ley 1391 de 2010 y demás normas aplicables a su condición de empresa privada.
Características de los fondos de empleados
Asociaciones Mutuales
Las asociaciones mutuales son organizaciones privadas sin ánimo de lucro que están constituidas para fomentar la ayuda recíproca entre sus miembros, satisfaciendo sus necesidades mediante la prestación de servicios que contribuyan al mejoramiento de su calidad de vida.
La asociación mutual se rige por el decreto 1480 de 1989, la ley 454 de 1998 y demás normas aplicables a su condición de empresa privada.
Características de las asociaciones mutuales
Asociación y Corporaciones
Una corporación o una asociación es una ente jurídico que surge de un acuerdo de voluntades vinculadas mediante aportes en dinero, especie o actividad, en orden a la realización de un fin de beneficio social, que puedes contraerse a los asociados o a un gremio o grupo social particular. Su régimen estatutario se deriva de la voluntad de sus miembros.
Por ello, el derecho de asociación no solo consiste en la posibilidad de organizar morales sino también en la libertad de abstenerse de hacerlo, siendo contrario a la constitución, todo sistema o procedimiento para compeler a las personas a que ingresen o se retiren de dichas entidades, o que las obligue a prestarles servicios para favorecerlas en sus intereses institucionales.
La corporación y la asociación se rigen por el código civil, artículo 633, la ley 80 de 1993, la ley 22 de 1987, la ley 52 de 1990, los decretos 1407/91, 2035/91, decreto distrital 091/87 y demás normas aplicables a su condición de empresa privada.
Características de las asociaciones y corporaciones
El carácter de los aportes de sus miembros es voluntario y no retornable a los mismos.
Se necesita un número plural de personas para constituirla.
Sin ánimo de lucro.
Se regulan por sus propios estatutos.
Vigencia en el tiempo determinado.
Puede disolverse y liquidarse por decisión de sus asociados.
Libre adhesión.
Fundaciones
La fundación es una persona jurídica que nace de la voluntad de una o varias personas naturales o jurídicas y cuya finalidad es propender por el bienestar camún bien sea de un sector o gremio en particular o de toda la comunidad.
La fundación se rige por el código civil, artículo 633, la Ley 80 de 1993, la ley 22 de 1987, la ley 52 de 1990, los decretos 1407/91, 2035/91, 525/90, decreto distrital 091/87 y demás normas aplicables a su condición de empresa privada.
Características de la Fundación
Aunque no hay valor mínimo de patrimonio, se debe contar con unos bienes o dineros preexistentes.
Legalmente no tiene definida una forma organizativa.
Se regulan totalmente por sus estatutos.
No tiene ánimo de lucro.
Tienen un patrimonio determinado desde su nacimiento.
La afectación del patrimonio es irrevocable.
La vigencia entendida como el periodo de duración de la entidad es de carácter indefinido.
Legalmente no es permitido disolverse y liquidarse por voluntad de los fundadores o miembros.
Voluntariado
El voluntariado es una fuerza social solidaria, cívica, ciudadana, de participación, constituida por acciones individuales o asociativas dirigidas al apoyo de soluciones de problemas humanos.
La acción voluntaria es un hecho consciente, libre, decidido, identificatorio, soberano y comprometido, hoy más con las causas que con las consecuencias de los problemas. El voluntariado se rige, por la ley 720 de 2001 y el decreto reglamentario 4290 de 2005 y demás normas aplicables a su condición de voluntariado.
Principios de la acción voluntaria
Libertad
Participación
Autónoma
Solidaridad
Compromiso social
Respeto
(Basado en un documento inicial enviado por un asesor de la Agencia nacional de organizaciones solidarias)
Más info: https://www.orgsolidarias.gov.co/
SAS: Sociedad por Acciones Simplificada. https://www.dinero.com/negocios/articulo/sas-tipo-sociedad-usado-colombia/84554
Pros:
Es una forma muy popular y fácil de hacer empresa en Colombia.
Pertinencia de una SAS para el proyecto.
En contacto con una abogada, me indica que en este momento las cooperativas y en medida similar las fundaciones tienen mucho escrutinio por parte de la dian en materia tributaria (libros contables, procedencia y ejecución de dineros, etc)
Una SAS se constituye no solo para un negocio, hay familias que crean una SAS para la administración mancomunada de bienes.
En tiempos de apertura, la SAS se puede crear prácticamente de un día para otro.
Dependiendo del monto de activos y /o obligaciones, la SAS no declara renta o similares.
Contras:
No es una figura adecuada para gestionar proyectos sociales.
Ante cualquier licitación gubernamental, una SAS está mejor parada que una fundación y puede obtener resultados mas favorables, ya que en caso de no responder, el gobierno tiene mayor seguridad contractual pues va tras los activos de dicha SAS, mientras que en una fundación dichos elementos no son de un propietario particular y tienen un procedimiento especial en cuanto a la responsabilidad.
Dudas
Queda como duda principal si una sas por ejemplo puede recibir una donación y ejecutar la correspondiente exención de impuestos al donador.
Faltantes de información:
No tenemos certeza sobre las obligaciones tributarias.
Pros: Por analizar
Contras: Por analizar
Dudas: Por analizar
Pros:
Contras:
La nueva normatividad tributaria en 2017, introdujo obligaciones adicionales para las ONGs, como la publicación de información financiera en página web, declaraciones adicionales y trámites para demostrar que en verdad se trata de organizaciones sin ánimo de lucro.
Dudas:
En conclusión, basados en las opciones vistas y las discusiones que se han tenido, decantamos un esquema mixto que permita lo siguiente de forma escalonada:
Aplicar el modelo de bienestar basados en la declaración de principios de ReDHumus.
Desarrollar actividades productivas siguiendo las pautas de la economía solidaria como respuesta contracultural al modo de producción capitalista.
Las opciones posibles, cuyas diferencias están principalmente en las capacidades de acción que tienen, hasta el momento son:
Documento en construcción ReDHumus.org ↩︎
Listado entidades acreditadas con aval para certificar formación en economía solidaria http://www.orgsolidarias.gov.co/trámites-y-servicios/listado-de-entidades-acreditadas-y-con-aval ↩︎
Uniminuto Oferta de curso básico en economía solidaria https://coopuniminuto.com/index.php/bienvenida-al-curso ↩︎
Prueba que se debe responder para obtener certificación en Uniminuto:
https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLScYRAP5aUMqGUaol9PBq_eZ5nqJh2PuMwtvr6_iFFhLn71aZg/viewform ↩︎
Asociación Colombiana de Cooperativas (ASCOOP) http://www.ascoop.coop/centro-virtual/curso-basico-virtual. Portafonio recibido: ↩︎
Asociación de cooperativas del Huila (ASOCOOPH): http://asocooph.coop/ ↩︎